Publicación en D.O.F.: 02 de julio de 2007

Ultima actualización: 02 de julio de 2007

13.02 JUGOS Y EXTRACTOS VEGETALES; MATERIAS PECTICAS, PECTINATOS Y PECTATOS; AGARAGAR Y DEMAS MUCILAGOS Y ESPESATIVOS DERIVADOS DE LOS VEGETALES, INCLUSO MODIFICADOS.

Jugos y extractos vegetales:

1302.11 Opio.

1302.12 De regaliz.

1302.13 De lúpulo.

1302.19 Los demás.

1302.20 Materias pécticas, pectinatos y pectatos.

Mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados:

1302.31 Agaragar.

1302.32 Mucílagos y espesativos de la algarroba o de su semilla o de las semillas de guar, incluso modificados.

1302.39 Los demás.

A) Jugos y extractos vegetales.

Con la expresión jugos y extractos vegetales, esta partida se refiere a un cierto número de productos vegetales, obtenidos comúnmente por exudación espontánea o por incisión, o por agotamiento con disolventes, siempre que estos jugos y extractos no estén expresados ni comprendidos en partidas más específicas de la Nomenclatura (véase la lista de exclusiones al final del apartado A) de la presente Nota explicativa).

Estos jugos y extractos vegetales se diferencian de los aceites esenciales, de los resinoides y de las oleorresinas de extracción de la partida 33.01 en que, además de los constituyentes odoríferos volátiles, contienen una proporción mucho más elevada de otros constituyentes de la planta (por ejemplo: clorofila, taninos, principios amargos, hidratos de carbono y otras materias extractivas).

Entre los jugos y extractos comprendidos aquí, se pueden citar:

1) El opio, jugo desecado de la adormidera (Papaver somniferum), obtenido por incisión de las cápsulas sin madurar de esta planta o por tratamiento de algunas de sus partes. El opio se suele presentar en bolas o panes de forma y tamaño variables. Sin embargo, se excluyen de esta partida los concentrados de paja de adormidera con un contenido de alcaloides superior o igual al 50% en peso (véase la Nota 1 f) de este Capítulo).

2) El extracto (o jugo) de regaliz, obtenido de las raíces secas de una planta de la familia de las leguminosas (Glycyrrhiza glabra) por agotamiento sistemático con agua caliente a presión y purificación, seguida de concentración del jugo obtenido. Se presenta líquido o en forma de bloques, panes, barritas, rodajas y, a veces, en polvo. El extracto de regaliz corresponde, sin embargo, a la partida 17.04 cuando contiene más del 10% en peso de sacarosa o cuando se presenta preparado como artículo de confitería, cualquiera que sea, en este último caso, el porcentaje de azúcar.

3) El extracto de lúpulo.

4) El extracto de piretro (pelitre) obtenido principalmente a partir de las flores de diversas variedades de piretro (pelitre) (principalmente el Chrysanthemun cinerariaefolium) por extracción con un disolvente orgánico, tal como el hexano normal o el “eter de petróleo”.

5) Los extractos de raíces de plantas que contengan rotenona (derris, cubé, timbó, barbasco, etc.).

6) Los extractos y tinturas de cualquier planta del género Cannabis.

La resina de Cannabis en bruto o purificada se clasifica en la partida 13.01.

7) El extracto de ginseng, obtenido por extracción con agua o alcohol, incluso acondicionado para la venta al por menor.

Se excluyen las mezclas de extracto de ginseng y otros ingredientes (por ejemplo: lactosa, glucosa), utilizadas para la preparación del “té” o bebida de ginseng ( partida 21.06).

8) El aloe, jugo espeso de sabor muy amargo, procedente de diversas variedades de la planta del mismo nombre, de la familia de las Liliáceas.

9) La podofilina, sustancia de naturaleza resinosa obtenida por agotamiento con alcohol del polvo procedente de la trituración de los rizomas desecados del Podophyllum peltatum.

10) El curare, extracto acuoso procedente del tratamiento de las hojas y cortezas de diversas variedades de plantas de la familia Strychnos.

11) El extracto de Cuasia amara, extraído de la madera del arbusto del mismo nombre del género de las Simarubáceas, que crece en América del Sur.

La cuasina, principio amargo del leño de Cuasia amara, es un compuesto heterocíclico de la partida 29.32.

12) Los demás extractos medicinales, tales como los de ajo, belladona, arraclán o frángula, cáscara sagrada, casia fístula, genciana, jalapa, quina o chinchona, ruibarbo, zarzaparrilla, tamarindo, valeriana, yemas de pino, coca, coloquíntida, helecho macho, hamamelis, beleño o cornezuelo del centeno.

13) El maná que es un jugo concreto naturalmente azucarado, obtenido por incisión de ciertas especies de fresnos.

14) La liga, materia viscosa que forma hilos, de color verdoso, extraída en particular de las bayas del muérdago y del acebo.

15) El extracto acuoso de la pulpa de casia. Sin embargo, se excluyen las vainas y la pulpa de casia ( partida 12.11).

16) El quino, llamado también goma quino,jugo condensado utilizado en medicina y en tenería, procedente de incisiones hechas en la corteza de ciertos árboles.

17) La laca de China, laca del Japón, etc., jugos recogidos por incisión practicada en algunos arbustos conocidos como Rhus (urushi)que crecen en Extremo Oriente (en particular el Rhus vernicifera)utilizados para el revestimiento o la decoración de objetos diversos (artículos de ebanistería fina, tales como bandejas, cofrecillos, etc.).

18) El jugo de papayo, incluso desecado pero todavía sin purificar, por lo que no ha alcanzado el estado de la enzima papaína (los glóbulos de látex aglomerado son todavía visibles en el microscopio). La papaína se clasifica en la partida 35.07.

19) El extracto de cola, obtenido a partir de la nuez de cola (semillas de diversas especies de Cola, por ejemplo, Cola nítida)y utilizadoprincipalmente en la fabricación de ciertas bebidas.

20) El extracto de cáscara de nuez de marañón (marey, cajuil, anacardo, “cajú”). Sin embargo, se excluyen los polímeros del extracto líquido de la nuez de marañón (merey, cajuil, anacardo, “cajú”) ( partida 39.11, generalmente).

21) La oleorresina de vainilla, también, conocida impropiamente como resinoide de vainilla o extracto de vainilla .

Los jugos suelen ser espesos o concretos. Los extractos pueden ser líquidos, pastosos o sólidos. Los extractos en solución alcohólica, llamados tinturas, contienen el alcohol utilizado para su extracción. Los extractos llamados extractos fluidos son, por ejemplo, soluciones de extractos en alcohol, glicerol o aceite mineral. Las tinturas y los extractos fluidos están generalmente normalizados (por ejemplo, el extracto de piretro (pelitre) normalizado por adición de aceite mineral de forma que presente para su comercialización un contenido uniforme de piretrinas del 2%, 20%, 25%, etc.). Los extractos sólidos se obtienen por evaporación del disolvente. A algunos de estos extractos sólidos suelen incorporarse sustancias inertes, para poder reducirlos con mayor facilidad a polvo (como en el caso del extracto de belladona, al que se añade goma arábiga pulverizada), o para normalizarlos, es decir, graduarlos (como en el caso del opio, al que se añaden cantidades dosificadas de almidón para obtener opios que contengan proporciones bien determinadas de morfina). La adición de tales sustancias para estos fines no modifica la clasificación de los extractos sólidos.

Los extractos pueden ser simples o compuestos. Mientras los extractos simples proceden del tratamiento de una sola variedad de plantas, los extractos compuestos se obtienen por mezcla de extractos simples diferentes, o por tratamiento simultáneo de varias especies de plantas previamente mezcladas. Los extractos compuestos (se presenten como tinturas alcohólicas o en otra forma) contienen, por tanto, los principios de varias clases de vegetales; entre ellos, se pueden citar el extracto de jalapa compuesto, el extracto de áloe compuesto, el extracto de quina compuesto, etc.

Los jugos y extractos vegetales de esta partida son generalmente materias primas destinadas a diversas fabricaciones. No están comprendidos en esta partida cuando se les añaden otros productos y se transforman por este hecho en preparaciones alimenticias, medicinales, etc.

Los productos de esta partida que, por acuerdos internacionales, se consideren estupefacientes, están comprendidos en la lista que figura al final del Capítulo 29.

Entre las preparaciones excluidas, se pueden citar:

1°) Los jarabes con sabor añadido que contengan extractos vegetales ( partida 21.06).

2°) Las preparaciones utilizadas para la fabricación de bebidas, que se obtienen añadiendo a un extracto vegetal compuesto de esta partida, ácido láctico, ácido tartárico, ácido cítrico, ácido fosfórico, agentes conservadores, productos tensoactivos, jugos de frutas, etc. y, algunas veces, aceites esenciales (generalmente, partidas 21.06 o 33.02).

3°) Las preparaciones medicinales (de las que algunas también se llaman tinturas) que consistan en mezclas de extractos vegetales u otros productos, por ejemplo, el preparado que contiene, además del extracto de capsicum, esencia de trementina, alcanfor, salicilato de metilo y el constituido por tintura de opio, esencia de anís, alcanfor y ácido benzóico ( partidas 30.03 o 30.04).

4°) Los productos intermedios para la fabricación de insecticidas, constituidos por extractos de piretro (pelitre) diluidos por adición de una cantidad de aceite mineral tal que su contenido de piretrinas sea inferior al 2%, así como los que llevan añadidas otras sustancias tales como sinérgicos (por ejemplo, butóxido de piperonilo) ( partida 38.08).

Igualmente se excluyen de esta partida los extractos vegetales que se han mezclado entre sí, incluso sin adición de otras materias, para usos terapéuticos o profilácticos. Estas mezclas, así como los extractos compuestos obtenidos para usos medicinales por tratamiento directo de una mezcla de plantas, corresponden a las partidas 30.03 o 30.04. Esta última partida también comprende extractos vegetales sin mezclar entre sí (extractos simples), incluso simplemente graduados o disueltos en cualquier disolvente, que se presenten en forma de dosis o acondicionados para la venta al por menor como medicamentos.

Se excluyen de esta partida los aceites esenciales, los resinoides y las oleorresinas de extracción ( partida 33.01). Los aceites esenciales (que pueden obtenerse también por agotamiento mediante disolventes) se diferencian de los extractos de esta partida por su composición esencialmente formada por constituyentes odoríferos volátiles. Los resinoides difieren de los extractos de esta partida por el hecho de obtenerse por extracción mediante disolventes orgánicos o fluidos supercríticos (por ejemplo, anhídrido carbónico a presión) a partir de materias vegetales no celulares naturales o materias resinosas animales secas. Las oleorresinas de extracción se diferencian de los extractos de esta partida 1°) por obtenerse a partir de materias vegetales naturales celulares en bruto (frecuentemente de especias, o plantas aromáticas) por extracción mediante disolventes orgánicos o fluidos supercríticos, y 2°) por contener principios odoríferos volátiles así como principios saboreadores no volátiles que definen el olor o el sabor característicos de la especie o planta aromática.

Esta partida tampoco comprende los productos vegetales siguientes, clasificados en partidas más específicas de la Nomenclatura:

a) Las gomas, resinas, gomorresinas y oleorresinas, naturales ( partida 13.01).

b) El extracto de malta ( partida 19.01).

c) Los extractos de café, té o yerba mate ( partida 21.01).

d) Los jugos y extractos vegetales que constituyan bebidas alcohólicas ( Capítulo 22).

e) El extracto de tabaco ( partida 24.03).

f) El alcanfor natural ( partida 29.14), la glicirricina y los glicirrizatos ( partida 29.38).

g) Los extractos utilizados como reactivos destinados a la determinación de los grupos o de los factores sanguíneos ( partida 30.06).

h) Los extractos curtientes ( partida 32.01).

ij) Los extractos tintóreos ( partida 32.03).

k) El caucho natural, la balata, gutapercha, guayule, chicle y gomas naturales análogas ( partida 40.01).

B) Materias pécticas, pectinatos y pectatos.

Las materias pécticas (conocidas comercialmente como pectinas)son polisacáridos cuya estructura básica es la de los ácidos poligalacturónicos. Están contenidas en las células de ciertos vegetales (en particular, de ciertas frutas y demás frutos y hortalizas); se extraen industrialmente de los residuos de manzanas, peras, membrillos, agrios (cítricos), remolacha azucarera, etc. Se utilizan principalmente en la industria de confitería para obtener la gelificación de la confitura. Se presentan líquidas o en polvo y se clasifican en esta partida aun cuando hayan sido normalizadas por adición de azúcares (glucosa, sacarosa, etc.) u otros productos para conseguir una actividad constante durante su utilización. A veces, se les añade citrato de sodio u otras sales tampones (buffer).

Los pectinatos son las sales de los ácidos pectínicos (ácidos poligalacturónicos parcialmente metoxilados) y los pectatos son las sales de los ácidos pécticos (ácidos pectínicos desmetoxilados); sus propiedades y usos son comparables a los de las pectinas.

C) Agaragar y demás mucílagos y espesativos derivados de los vegetales, incluso modificados.

Los mucilagos y espesativos derivados de los vegetales tienen la propiedad de hincharse en agua fría y disolverse en agua caliente, produciendo al enfriarse una masa gelatinosa, homogénea y generalmente insípida. Estos productos se utilizan sobre todo como sucedáneos de la gelatina en la industria alimentaria, en la preparación de aprestos para papel o tejidos, para la clarificación de ciertos líquidos, en la preparación de medios de cultivo bacteriológicos, en farmacia y para la preparación de cosméticos. Se pueden modificar por tratamiento químico (por ejemplo, esterificados, eterificados, tratados con bórax, con ácido o con álcalis).

Estos productos se clasifican en esta partida aun cuando se hayan normalizado por adición de azúcar (glucosa, sacarosa, etc.) u otros productos para conseguir una actividad constante durante su utilización.

Entre estos productos, los más importantes son:

1) El agaragar (o agar), extraído de ciertas algas marinas que crecen principalmente en los océanos Indico y Pacífico y que se presentan en forma de filamentos desecados, partículas, polvo o con aspecto gelatinoso después de un tratamiento por ácidos. Se conoce comercialmente con el nombre de gelosa;también se llama cola, musgo o gelatina vegetal del Japón o Alga spinosa.

2) La harina de esdospermios de semillas de algarroba (garrofín) (Ceratonia siliqua) o de semillas de guar (Cyamopsis psoralioides o Cyamopsis tetragonoloba) . Estas harinas se clasifican en esta partida, incluso si han sido modificadas por tratamiento químico para mejorar o estabilizar sus propiedades mucilaginosas (viscosidad, solubilidad, etc.).

3) La carragenina, extraída de las algas carraghen (llamadas también musgo perlado o musgo de Irlanda), se presenta generalmente en forma de filamentos, laminillas o polvo. Se clasifican igualmente en esta partida las materias mucilaginosas obtenidas por transformación química de la carragenina (por ejemplo, carragenato de sodio).

4) Los espesativos obtenidos a partir de gomas o gomorresinas convertidas en hidrosolubles por tratamiento con agua a presión o por cualquier otro procedimiento.

5) La harina del cotiledón de las semillas de tamarindo (Tamarindus indica). Esta harina se incluye en la esta partida incluso si se ha modificado por tratamiento térmico o químico.

Esta partida no comprende:

a) Las algas en bruto o desecadas ( partida 12.12, generalmente).

b) El ácido algínico y los alginatos ( partida 39.13).