Publicación en D.O.F.: 02 de julio de 2007

Ultima actualización: 14 de octubre de 2009

84.33 MAQUINAS, APARATOS Y ARTEFACTOS DE COSECHAR O TRILLAR, INCLUIDAS LAS PRENSAS PARA PAJA O FORRAJE; CORTADORAS DE CESPED Y GUADAÑADORAS; MAQUINAS PARA LIMPIEZA O CLASIFICACION DE HUEVOS, FRUTOS O DEMAS PRODUCTOS AGRICOLAS, EXCEPTO LAS DE LA PARTIDA 84.37.

Cortadoras de césped:

8433.11 Con motor, en las que el dispositivo de corte gire en un plano horizontal.

8433.19 Las demás.

8433.20 Guadañadoras, incluidas las barras de corte para montar sobre un tractor.

8433.30Las demás máquinas y aparatos de henificar. DOF: 14/oct/2009

8433.40 Prensas para paja o forraje, incluidas las prensas recogedoras.

- Las demás máquinas y aparatos de cosechar; máquinas y aparatos de trillar: . DOF: 14/oct/2009

8433.51 Cosechadoras-trilladoras.

8433.52 Las demás máquinas y aparatos de trillar. DOF: 14/oct/2009

8433.53 Máquinas de cosechar raíces o tubérculos. DOF: 14/oct/2009

8433.59 Los demás.

8433.60 Máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas.

8433.90 Partes.

Esta partida comprende las máquinas, aparatos y artefactos que, sustituyendo a las herramientas de mano, permiten ejecutar mecánicamente:

A. Los diversos trabajos agrícolas para la recolección de los productos (corte, arrancado, recogido del suelo o de los árboles, trilla, desgranado, agavillado, atado de haces, etc.), incluidas las cortadoras de césped y guadañadoras, así como las prensas para paja o forraje.

B. La limpieza o clasificación de huevos, frutas u otros productos agrícolas, con exclusión de las máquinas y aparatos de la partida 84.37.

Las disposiciones de la Nota Explicativa de la partida 84.32 son aplicables mutatis mutandis a los materiales de esta partida, principalmente a los equipos amovibles para motocultores o tractores, tales como barras de corte, segadoras o rastrillos.

A. - MAQUINAS PARA COSECHAR O TRILLAR, INCLUIDAS LAS PRENSAS PARA PAJA O FORRAJE; CORTADORAS DE CESPED Y GUADAÑADORAS

En este grupo figuran, principalmente:

1) Las cortadoras de césped, movidas a mano o con motor. Entre éstas se pueden citar las cortadoras de césped cuyo órgano de trabajo no es sino una pequeña barra de corte análoga a la de las guadañadoras, así como las cortadoras de césped equipadas con un molinete cilíndrico horizontal con varias cuchillas helicoidales exteriores que al girar abaten y cortan el césped contra una cuchilla fija horizontal y las equipadas con un disco rotativo con cuchillas en todo el contorno.

2) Las guadañadoras (incluidas las motoguadañadoras) para el corte de forrajes, constituidas generalmente por una barra de corte horizontal formada por una cuchilla con dientes intercambiables que oscila contra los dedos de un peine portacuchillas, o bien por discos o tambores rotativos provistos de cuchillas.

3) Las guadañadoras que tienen un dispositivo adecuado para preparar en el campo, en forma de andanas, la cosecha cortada (guadañadoras-andanadoras, guadañadoras-acondicionadoras -andanadoras).

4) Las henificadoras y andanadoras (de horquillas, de tambor, etc.).

5) Los rastrillos para heno, constituidos generalmente por un tren de ruedas con una fila de dientes semicirculares que se elevan automáticamente.

6) Los rastrillos henificadores, los rastrillos andanadores y los volteadores de andanas.

7) Las prensas recogedoras y las prensas enrolladoras que recogen y empacan o hacen balas prensadas, con el heno o la paja dejados en el campo.

8) Las cosechadoras, que realizan simultáneamente la siega de los cereales, el desgranado y la limpieza del grano.

9) Las cosechadoras de maíz y las cosechadoras de mazorcas o desgranadoras de maíz.

10) Los remolques autocargadores con equipo de corte inamovible, que se utilizan para guadañar, picar y transportar la hierba, el maíz, etc.

11) Las cosechadoras de algodón.

12) Las arrancadoras de lino.

13) Las máquinas para vendimiar.

14) Las máquinas para recolectar, por ejemplo, frijoles (porotos, alubias, judías, fréjoles) verdes, tomates o zanahorias.

15) Las recolectadoras de papas (patatas), de rejas, parrilla, garfios, fresas giratorias, etc.

16) Las levantadoras, descoronadoras, arrancadoras y limpiadoras (del campo) y recolectadoras completas de remolacha u otras plantas de raíz.

17) Las recogedoras-empacadoras-cargadoras de forraje.

18) Las sacudidoras y vibradoras de árboles.

19) Los materiales para la recolección de otros productos agrícolas (oleaginosas, etc.).

20) Las trilladoras de cereales. También están comprendidas aquí, aunque se presenten aisladamente, las desgavilladoras automáticas, que constituyen aparatos auxiliares que se fijan en las trilladoras para realizar una alimentación más regular de estas máquinas por división previa y formación de capas de gavillas.

21) Las deshojadoras y desgranadoras de mazorcas de maíz.

Se clasifican igualmente en esta partida las cortadoras de césped llamadas autoportantes, constituidas por un cuerpo con tres o cuatro ruedas y asiento para el conductor y un órgano de corte fijo, es decir, que sólo se separa para reparación o mantenimiento. Se clasifican en esta partida, aunque tengan un dispositivo de enganche para tirar o empujar accesorios ligeros tales como un remolque.

Por el contrario, se excluyen de esta partida las máquinas portátiles que se utilizan para el acabado del césped, para el desherbado, por ejemplo, a lo largo de las paredes de las lindes o matorrales; estas máquinas, que están constituidas por un motor de combustión incorporado a un chasis de metal ligero o de un motor eléctrico montado en un mango de metal y de un sistema de corte que consiste en uno o varios hilos de poliamida, se clasifican en la partida 84.67.

B. - MAQUINAS PARA LA LIMPIEZA O LA CLASIFICACION DE HUEVOS, FRUTOS O DEMAS PRODUCTOS AGRICOLAS.

Estas máquinas y aparatos, ya se utilicen en la granja o en el campo, realizan la limpieza o la clasificación por volumen, peso, etc., de productos agrícolas muy variados: huevos, frutas, papas (patatas), cebollas, espárragos, pepinos, zanahorias, etc. Se clasifican en esta partida sean o no eléctricas (por ejemplo: clasificadoras y clasificadoras-miradoras electrónicas) e incluso si tienen mecanismos auxiliares para marcar los productos, como en el caso de algunas máquinas para mirar huevos y ciertas clasificadoras de huevos.

Las máquinas para la limpieza o la clasificación de granos o legumbres secas están, por el contrario, clasificadas en la partida 84.37.

Algunas máquinas y aparatos de esta partida (cosechadoras, trilladoras, prensas recogedoras, clasificadoras, seleccionadoras, etc.) incorporan aparatos auxiliares de manipulación o de alimentación, tales como transportadores de banda, apiladores, elevadores de paja, cadenas de cangilones, etc., que siguen el régimen de la máquina si se presentan con ella. Cuando se presentan separadamente, se clasifican en la partida 84.28.

PARTES

Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección), están igualmente comprendidas aquí las máquinas, aparatos y artefactos de esta partida, tales como:

Barras de corte, mecanismos de elevación y dedos de guadañadoras o segadoras; bielas oscilantes para la transmisión del movimiento a las barras de corte de las cortadoras de césped o de las guadañadoras; separadores, divisores, rastrillos, cepillos, mesas y mecanismos de atar de las segadoras-gavilladoras y atadoras; tambores para hacer andanas; delantales de corte, batidores, contrabatidores, sacudidores, expulsores de pacas de cosechadoras o de trilladoras; rejas, garfios, horquillas, fresas y demás útiles de arrancadoras; tambores y horquillas de henificadoras; dientes y mecanismos elevadores de rastrillos; rastrillos de recogedoras-atadoras.

o

o o

Se excluyen de esta partida:

a) Las cuchillas y partes de cuchillas de guadañadoras y las cuchillas de cortadoras de césped (partida 82.08).

b) Las elevadoras de gavillas, elevadoras de paja o de sacos, ensiladoras neumáticas, descargadores de forraje de ganchos, elevadores de granos de cangilones, paleadoras neumáticas de granos, grúas agrícolas y demás artefactos de elevación o de manipulación (partidas 84.26 u 84.28).

c) Las máquinas para talar o arrancar árboles, así como los cortapajas, cortarraíces y picadoras ensiladoras, las trituradoras, molinos y fragmentadores de grano de tipo rural, las máquinas para mirar huevos (partida 84.36).

d) Las limpiadoras, clasificadoras y cribadoras de granos u hortalizas de vaina secas, así como las máquinas y aparatos de molinería (partida 84.37).

f) Las desmotadoras de algodón (partida 84.45).

g) Las máquinas para desvenar y las máquinas para picar el tabaco (partida 84.78).