Publicación en D.O.F.: 02 de julio de 2007

Ultima actualización: 02 de julio de 2007

92.09 PARTES (POR EJEMPLO: MECANISMOS DE CAJAS DE MUSICA) Y ACCESORIOS (POR EJEMPLO: TARJETAS, DISCOS Y ROLLOS PARA APARATOS MECANICOS) DE INSTRUMENTOS MUSICALES; METRONOMOS Y DIAPASONES DE CUALQUIER TIPO.

9209.30 Cuerdas armónicas.

Los demás:

9209.91 Partes y accesorios de pianos.

9209.92 Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida 92.02.

9209.94 Partes y accesorios de instrumentos musicales de la partida 92.07.

9209.99 Los demás.

Esta partida comprende:

A) Los metrónomos y diapasones.

Se clasifican en este grupo, cualquiera que sea su utilización (musical u otras), los metrónomos y los diapasones.

Los metrónomos son pequeños aparatos en forma de caja piramidal, con o sin sonido, que sirven para marcar de una manera precisa el tiempo con que se ha de ejecutar una composición musical. Su pieza principal es una varilla basculante sobre un pivote, cuyo movimiento puede ser acelerado o retardado según los números de una escala graduada situada detrás de la varilla.

Este grupo comprende también los metrónomos que tienen aplicaciones industriales y, en este caso, pueden llevar contactos eléctricos, lo que no afecta a la clasificación.

Los diapasones son pequeños instrumentos constituidos por una horquilla de acero, a la que se hace vibrar y da una sola nota, o bien, una especie de tubo con una o varias lengüetas y por el que se sopla, obteniendo así una o varias notas (4 o 6 generalmente); a menudo, varios tubos de lengüeta única que dan notas diferentes se reúnen formando un conjunto.

También existen diapasones de gran potencia para estudios, formados por una lámina de acero montada en una caja de resonancia, que se golpea con una maza.

Independientemente de su empleo normal en música, los diapasones se utilizan en medicina (para reconocimiento del oído especialmente y, en este caso, están regulados para dar una gama de vibraciones muy amplia y se presentan frecuentemente en estuches que contienen varios instrumentos), para la observación estroboscópica, etc. Algunos de ellos están provistos de dispositivos para mantener la duración de las vibraciones.

B) Los mecanismos para cajas de música.

Véase la Nota Explicativa de la partida 92.08.

C) Las cuerdas armónicas.

Este grupo comprende las cuerdas armónicas para instrumentos de cuerda (pianos, arpas, violines, mandolinas), etc., que suelen hacerse:

1) De tripa (generalmente de cordero). Se componen de un cierto número de hilos o cabos, según el grosor que se desea obtener; cada cabo está formado, bien por una tira de tripa dividida longitudinalmente, o bien, por una tripa entera.

2) De seda. Estas cuerdas, que comprenden comúnmente 140 hebras de seda, tienen la apariencia de las de tripa; están recubiertas con una ligera capa de goma arábiga y pulidas con cera blanca.

3) De monofilamentos de materias textiles sintéticas (generalmente nailon).

4) De alambre (de acero, generalmente inoxidable, de aluminio, plata, cobre, etc.), tanto si se trata de alambres sencillos, como de alambres constituidos por un núcleo metálico e hilos de revestimiento también de metal (en este último caso, las cuerdas se llaman hiladas sobre metal).

5) De tripa, de seda o de nailon recubiertos, por arrollamiento con hilos metálicos (aluminio u otro metal común plateado o no, plata, etc.); estas cuerdas se llaman hiladas sobre tripas, sobre seda o sobre nailon.

Las cuerdas armónicas se reconocen tanto por el acabado de su fabricación (las de alambre de acero son de metal pulido y tienen un diámetro rigurosamente calibrado: las de tripa son perfectamente lisas y de diámetro regular, y algunas de ellas son blancas y traslúcidas, otras, tales como las cuerdas de arpas, están, a veces, teñidas de azul o de rojo, etc.), como por su manera de presentarse acondicionadas (saquitos, bolsas y pequeños envases similares que llevan frecuentemente indicaciones para su empleo). Además, ciertas cuerdas armónicas (las de metal, principalmente) llevan lazos o bolitas para adaptarlas a los instrumentos.

Se excluyen de aquí los alambres, los monofilamentos de materias textiles sintéticas, las tripas, etc., incluso cuando se presenten cortadas en longitudes determinadas, pero no identificables como cuerdas armónicas (siguen su propio régimen).

D) Las demás partes y accesorios.

Este grupo comprende las partes y accesorios de instrumentos musicales (excepto los de los apartados B) y C) anteriores), pero con exclusión de los amplificadores y altavoces eléctricos (partida 85.18) y, en términos Generales, de los dispositivos eléctricos (motores, células fotoeléctricas, etc.), susceptibles de equipar ciertos instrumentos, siempre que estos dispositivos no lleven partes o accesorios de los instrumentos.

Entre estos artículos se pueden citar:

1) Las partes de pianos, armonios, órganos e instrumentos similares:

Los teclados montados, es decir, el juego completo de teclas montado sobre un armazón; los mecanismos para pianos, o sea, los juegos de macillos con la palanca que los acciona, incluidos los amortiguadores de sonido; las cajas de piano o de armonios; las cajas armónicas; los marcos de fundición o de madera; los pedales y juegos de pedales; las clavijas para sujetar las cuerdas; las láminas metálicas o lengüetas de armonios; las teclas para teclados; los macillos, amortiguadores, mangos y horquillas de macillos; los tubos, secretos, fuelles y demás elementos para órganos (incluidos los muebles).

También se clasifican aquí las teclas, registros, fuelles y teclados de acordeones.

Las plaquitas de marfil, hueso o plástico simplemente cortadas en forma rectangular, pero que deben ser pulidas, redondeadas en los ángulos o trabajadas de otra forma para que puedan servir para guarnecer las teclas, siguen su propio régimen (partida 96.01 o Capítulo 39).

2) Las partes y accesorios de instrumentos de la partida 92.02 (instrumentos de cuerda):

Las cajas de mandolinas, guitarras, banjos o instrumentos similares; los clavijeros para guitarras y mandolinas (sistemas de clavijas y tornillos dentados que sujetan las cuerdas del instrumento en el extremo del mástil, permitiendo darles la tensión requerida); las partes de violines, violonchelos o similares: tapas, fondos y mástiles (incluso esbozos), trastes, cejas, puentes y alzaprimas o cordales (piezas en las que se montan las cuerdas), costados (piezas que unen la tapa y el fondo), clavijas (especie de llaves fijas al clavijero o voluta y que sirven para tensar las cuerdas), tensores para cuerdas, etc.; las astas para violonchelos y contrabajos que sirven para apoyar el instrumento en el suelo; los arcos y partes de arcos (varilla, talón, botón), incluso las mechas de crin preparadas para arcos; las púas, sordinas y mentoneras; etc.

3) Las partes y accesorios de los instrumentos de la partida 92.07:

Las cajas (de pianos, órganos, carillones electrónicos), los pedales, los teclados, las ruedas fónicas (de órgano, principalmente), etc.

En lo que se refiere a las partes y accesorios eléctricos o electrónicos, véase la Nota Explicativa de la partida 92.07.

4) Las partes y accesorios de instrumentos de viento de la partida 92.05:

Las piezas de madera torneada para instrumentos de madera (clarinetes, flautas y similares); los cuerpos de instrumentos de metal: las correderas, alargaderas, embocaduras, lengüetas, émbolos, botones de émbolos, llaves, anillos, virolas, boquillas y cubreboquillas, pabellones y sordinas; las zapatillas (para flautas, clarinetes, etc.), etc.

5) Las partes y accesorios de instrumentos de percusión:

Los palillos, baquetas, macillos y mazos; las escobillas de jazz: los pedales de jazz: los portaplatillos; las cajas y varillas para tambores, bombos, etc.: las láminas, mesas y armaduras de xilófonos o instrumentos similares: los parches de tambores, bombos e instrumentos similares, cortados en forma circular o aproximadamente circular y manifiestamente identificables como tales; las cuerdas (generalmente de cáñamo, yute o sisal) reconocibles como destinadas a mantener tensas las pieles en las cajas de ciertos instrumentos, tales como los tambores, y las cuerdas de tripa o metal dispuestas diametralmente sobre el parche inferior de la batería, si son identificables como tales; etc.

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También se clasifican en esta partida:

1) Los portapartituras que se fijan a un instrumento; los soportes (trípodes o de otra forma) para tambores o saxofones, por ejemplo.

2) Los aparatos para tocar mecánicamente un instrumento de música. Son aparatos auxiliares que permiten tocar mecánicamente instrumentos de teclado por medio de tarjeta, discos o rollos perforados. Se mueven mediante manivelas, pedales, motores mecánicos o eléctricos o un juego de fuelles y pueden estar colocados en el interior o en el exterior del instrumento (generalmente piano o armonio).

3) Las tarjetas, discos y rollos. Para instrumentos de música automáticos. Estos artículos se clasifican aquí, incluso si se presentan con los aparatos a los que se destinan (véase la Nota 2 de este Capítulo).

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También se excluyen:

a) Las partes y accesorios de uso general definidos en la Nota 2 de la Sección XV, tales como charnelas, empuñaduras, guarniciones, etc. (para pianos principalmente), de metal común (Sección XV) o de plástico (Capítulo 39).

b) Las herramientas de afinador (partida 82.05).

c) Los motores de muelle para cajas de música o pájaros cantores, desprovistos de las partes o accesorios de dichas cajas (partida 84.12).

d) Los mecanismos de relojería, a condición también de que no lleven partes o accesorios de instrumentos de música (partidas 91.08 a 91.10).

e) Los taburetes de piano (partida 94.01), los atriles para partituras que se apoyen en el suelo (partida 94.03) y los candelabros para pianos (partida 94.05).

f) La colofonia moldeada para los arcos (partida 96.02).

g) Los escobillones para flautas, oboes, etc. (partida 96.03).